Cuando una persona enfrenta una invasión de vivienda, acompañada de amenazas y la supuesta presentación de escrituras falsas, se encuentra ante una situación de alto riesgo penal y patrimonial. En estos casos, la respuesta debe ser inmediata, ordenada y sustentada en la ley, priorizando la seguridad personal y la correcta actuación jurídica.
A continuación, se detalla el protocolo legal y de seguridad recomendado por especialistas en despojos inmobiliarios y derecho penal.
- Prioridad número uno: proteger la integridad personal
Ante amenazas directas o presencia de invasores violentos, nunca debe haber confrontación física o verbal. Acercarse o intentar recuperar la casa por cuenta propia puede generar una agresión o incluso una acusación penal en su contra.
El paso correcto es alejarse del inmueble inmediatamente y dirigirse a un lugar seguro. Si las amenazas fueron expresas, deben documentarse (fecha, hora, palabras textuales) para integrarlas en la denuncia penal.
- Denuncia penal inmediata ante el Ministerio Público
La ocupación sin consentimiento y las amenazas configuran el delito de despojo agravado, previsto en los códigos penales estatales.
El propietario debe acudir de inmediato a la Fiscalía o Ministerio Público para presentar denuncia penal por despojo y amenazas. Es importante subrayar que las amenazas agravan el delito y refuerzan la solicitud de intervención urgente.
Un abogado penalista especializado en bienes raíces será clave para redactar correctamente la denuncia, aportar pruebas y solicitar medidas cautelares como la restitución inmediata del inmueble o protección policial.
- Prueba documental: demostrar la propiedad legítima
Cuando los invasores presentan supuestas “escrituras”, lo más común es que se trate de documentos falsificados o títulos simulados. Por ello, el propietario debe reunir toda su documentación de dominio y posesión.
Documentación de dominio (propiedad legal):
- Escritura pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad (RPP).
- Certificado de libertad de gravamen, que confirme el registro a su nombre.
- Identificación oficial vigente.
Documentación de posesión (actos de dueño):
- Recibos de predial y servicios (agua, luz, gas) a su nombre.
- Fotografías, videos o testigos que acrediten que ocupaba o mantenía la vivienda.
- Contratos de arrendamiento o comodato, si existían terceros en posesión legal.
Su abogado solicitará al RPP el cotejo de escrituras para demostrar la falsedad o inexistencia legal de los documentos que presenten los invasores.
- Colaboración con vecinos y testigos
Los testimonios vecinales son una prueba sólida en los casos de despojo y amenazas. Se recomienda recabar declaraciones que confirmen:
- Que el denunciante es el legítimo propietario o poseedor.
- La fecha aproximada de ingreso de los invasores.
- La existencia de amenazas o conductas violentas.
Si es posible y sin exponerse, se pueden tomar fotografías desde la vía pública que muestren a los invasores, daños o carteles colocados en la propiedad.
- Evitar acciones que puedan revertirse legalmente
Aunque la desesperación es comprensible, no se deben cortar servicios (agua o luz) ni intentar recuperar la casa por la fuerza. La ley protege la posesión actual —aunque sea ilegal— hasta que exista una orden judicial de restitución.
El procedimiento correcto debe ser guiado únicamente por un abogado penalista, quien solicitará las medidas judiciales adecuadas para garantizar tanto la seguridad del propietario como la recuperación legal del bien inmueble.
Ante una invasión con amenazas y escrituras falsas, la acción rápida, legal y segura es esencial. La denuncia penal inmediata, el asesoramiento jurídico especializado y la documentación probatoria sólida son los pilares que permiten recuperar la vivienda sin poner en riesgo la vida del propietario.
Actuar dentro del marco legal es la única vía que garantiza justicia y protección patrimonial.
- ¿Qué autoridad puede desalojar a los invasores si hay amenazas?
Solo el Ministerio Público y el juez penal pueden ordenar el desalojo. Si se demuestra flagrancia o amenaza, las autoridades pueden actuar de inmediato sin orden judicial. - ¿Qué pasa si los invasores presentan escrituras?
El Registro Público de la Propiedad puede cotejar esos documentos. Si no están registrados o son apócrifos, se demuestra su falsedad y se refuerza la denuncia penal. - ¿Puedo recuperar la casa por mis medios?
No. Cualquier intento de ingreso o confrontación puede volverse en su contra. El desalojo debe realizarse exclusivamente mediante orden judicial y con presencia de autoridades.